Lo que se piensa cuando se busca ayuda para resolver un problema es encontrar respuestas claras. Esto es lo que en este blog se ofrece encontrar en la medida que se nos pregunte. Haremos fácil lo complicado para que se entienda con toda claridad. Así, se puede hallar qué hacer ante una notificación aduanera, la cual implica contestarla y que luego puede acabar en una reclamación. Y si se trata de una notificación que escolta a una Resolución adversa, entonces, hay que saber cómo elaborar el recurso, sea de reclamación o de apelación. También es importante conocer qué se puede hacer si ya se agotó la vía administrativa, entonces, se puede hacer una demanda contenciosa administrativa ante el Poder Judicial. O si el caso afecta alguna de las garantías constitucionales, se puede presentar una Acción de Amparo.

O si se ha recibido una notificación del Ministerio Público, Policía Fiscal o del Juzgado, donde se ha de responder por algún delito aduanero que la autoridad le imputa a una persona, que, naturalmente, sea culpable o inocente, no puede guardársela, pues, esta falta de respuesta, sea por escrito o acudiendo personalmente a la citación, entonces, lo más probable es que hará que más tarde acabe en una orden de captura. Esto último complica la situación jurídica del denunciado o emplazado.

Y no hay que olvidar que toda respuesta a la autoridad tiene determinados plazos para cumplir.Esto es importante, porque pasado el plazo respectivo, ya se va perdiendo y en ciertos casos se habrá perdido definitivamente. Los plazos son dados por ley.

No duden en alcanzarnos su pregunta y gustosamente se la atenderemos.

En breve se desarrollaran asuntos respecto de las reclamaciones aduaneras y apelaciones, demandas ante el Poder Judicial, así como denuncias por delito aduanero, esto es, contrabando, defraudación de rentas de aduana y receptación